Este Agosto de 2010 ha entrado en vigor la nueva ley de infancia, la cual genera nuevos cambios y contempla nuevas situaciones de acogimiento que hasta el momento no existían.
Algunas de las novedades que implementa la nueva ley de infancia son:
ACOGIMIENTO
- Delante de un acogimiento, hace falta formalizar-lo firmando un compromiso, por parte de los acogedores, dónde estarán especificados los derechos, las obligaciones, la manutención del niño, etc.
- Ampliación de la familia extensa
- Antes (sanguínea y afinidad)
- Ahora (sanguínea, afinidad y convivientes: persones que han convivido mínimo durante 2 años con el niño antes de hacer la medida; el acogimiento se puede constituir con todo el núcleo familiar y no únicamente con la persona que es familia.
- Nueva modalidad de acogimiento
Acogimiento permanente: Se tiene que acordar cuando se prevé que el desamparo será definitivo y no se considera más favorable para el interés del niño la aplicación de un acogimiento preadoptivo o cuándo este último no es posible.
LOS NIÑOS MAYORES DE 12 AÑOS TIENEN DERECHO A PARTICIPAR DEL PROCESO
- Si el niño no está de acuerdo, la ley no permite la adopción ni el acogimiento familiar.
- Que tiene que saber el niño:
- De 16 a 18 años: informe íntegro
- De 12 a 18 años se puede omitir parte de la información
(Esto se cumplirá siempre excepto en los casos dónde haya un informe médico alegando la enfermedad mental/discapacidad/trastorno/etc. del adolescente)
DERECHOS DE LOS PADRES BIOLOGICOS
- Los padres pueden recorrer la medida de desamparo durante 1 año después que esta esté aprobada.
DERECHOS DE LOS ACOGEDORES
- En el momento en que una persona pasa a ser acogedor de un niño, ya sea de su propia familia o de familia ajena, ya no podrá solicitar su adopción.
Si teneis cualquier duda sobre este tema o deseais más información, podeis escrivir-lo en el blog!